miércoles, 19 de diciembre de 2012

LA COMUNIDAD DE ALDEAS DE CALATAYUD EN LA EDAD MEDIA



Francisco Tobajas Gallego

            El pasado 13 de diciembre tuvo lugar en el Salón de Actos de Bantierra de Calatayud, la presentación del libro La Comunidad de Aldeas de Calatayud en la Edad Media, de José Luis Corral Lafuente. Este libro ha sido editado por el Centro de Estudios Bilbilitanos, de la Institución Fernando el Católico, en colaboración con la Comunidad de Calatayud y la Diputación Provincial de Zaragoza.

            Este libro es el estudio más completo publicado hasta el día de hoy dedicado a la Comunidad de Aldeas, que carecía de una monografía que explicara su origen y sus estructuras políticas y administrativas, así como sus órganos de gobierno, sus estatutos y reglamentos. Esta nueva publicación tiene su origen en una investigación que llevó a cabo el autor, junto a María José Sánchez-Usón, que se trasladó a dos estudios publicados en las actas del I Encuentro de Estudios Bilbilitanos, 1983, dedicados a las Sesmas de la Comunidad de Calatayud, como modelo de ordenación territorial en los siglos XV y XVI, y al Catálogo del desaparecido archivo de la Comunidad de Calatayud, que se conservaba en una sala anexa a la iglesia de San Miguel de Maluenda, al menos hasta principios del siglo XIX.

            La Comunidad de Aldeas se dividía en seis sesmas, que correspondían a los seis ríos que la siguen surcando. Sesma del río Jiloca, sesma del río de Miedes (por el Perejiles), sesma del río de la Cañada (por el Ribota), sesma del río Berdejo (por el Manubles), sesma del río de Ibdes (por el Piedra) y sesma del río Jalón.

            La composición de este desaparecido archivo de la Comunidad, se conoce por dos libros de registros que se conservan en el Archivo Municipal de Calatayud, fechados en 1621 y 1672. El archivo de la Comunidad de Aldeas estaba ordenado en diez secciones.

            En el asedio de Bayona, Alfonso I concedió fuero a Calatayud en 1131, sobre el cual, según José Luis Corral, falta un estudio profundo y completo del mismo. Así el 26 de diciembre de 1131, el rey hizo donación a la entonces villa de Calatayud de un amplio territorio dentro de unos límites, que estaba sujeto al señorío jurisdiccional de Calatayud, cuyo Concejo actuó como un verdadero señor feudal. Para favorecer la repoblación de aquellas tierras de frontera, el rey concedió amplios privilegios, derechos y libertades a los pobladores, ratificando la libertad y la igualdad de todos ellos, con libertad de culto y de mercado, defendiendo radicalmente la propiedad privada.

            En 1182 el Papa Lucio III, concedió una bula por la que adjudicaba el patronato de las iglesias de Calatayud a las aldeas de su término, cuando aún no se había constituido la Comunidad. Esta concesión de las rentas de las iglesias de las aldeas a las parroquias de la villa, fue germen de posteriores conflictos.

            La Comunidad de Aldeas no nació con el fuero de Calatayud, sino un siglo más tarde, con la agrupación de varias aldeas, con la intención de conseguir más autonomía de la villa de Calatayud. El primer documento en el que aparece el término de Comunidad data en 1251. El 20 de marzo de 1254 el rey Jaime I eximía a los hombres de las aldeas de Calatayud el pago de «costas ni gastos, contribuciones ni servicios con la ciudad de Calatayud, sino que sean en beneficio y utilidad de ellas mismas». Con ello les concedía una verdadera autonomía fiscal frente al Concejo de la villa, del que habían dependido hasta entonces. Y así, entre 1255 y principios del siglo XIV, las aldeas de la Comunidad fueron ganando poco a poco más autonomía. En 1323 las aldeas ya estaban plenamente constituidas en Comunidad, o sea, en una universidad autónoma de realengo, ejerciendo una jurisdicción plena, que mantendrán hasta 1707, con la imposición de los Decretos de Nueva Planta.

            Calatayud no quiso perder sus privilegios de dominio señorial sobre sus aldeas y les siguió exigiendo el pago de impuestos. Pero el 13 de febrero de 1269, el rey Jaime I, estando en Calatayud, concedió a los habitantes de las aldeas de la Comunidad que no pagasen 300 sueldos a los acreedores y escribanos de la villa, y que no contribuyeran a los gastos que no fueran en beneficio  de la propia Comunidad. En septiembre de este mismo año de 1269, el infante don Pedro confirmaba que la Comunidad no tenía que contribuir a pagar los gastos de la villa de Calatayud. En 1296 Jaime II declaraba que la Comunidad era libre para tener términos propios, usar sus pastos y poseer hornos, molinos, dehesas y heredades.

            La Comunidad se gobernaba por un concejo de oficiales, a modo de las grandes villas y ciudades del reino. Para ser oficial de la Comunidad de Aldeas de Calatayud debían cumplir dos condiciones: estar avencindado en alguna de las aldeas y ser pechero. En octubre de 1439, la reina doña María añadió dos condiciones más a las ya apuntadas, como era acreditar que se había acudido a las casas de la Comunidad y a las juntas o plegas celebradas en los dos últimos años, y tener su propia cabalgadura.

            El oficial principal se llamaba Procurador General, cargo creado hacia 1250. Se ayudaba de un alguacil, de un regidor de sesma y de varios comisarios. La Comunidad tenía también un cuerpo propio de notarios. El Justicia de Calatayud fue el único oficial que conservó sus prerrogativas sobre las aldeas. Tanto Calatayud como las aldeas, como lugares de realengo, mantenían los oficiales reales, como el merino y el baile.

            La Comunidad cobraba las pechas a sus aldeas, a las que se les asignaba un número de puestas. Cada puesta equivalía a 16 vecinos. Las sisas eran impuestos sobre comestibles. También recaudaba de los terratenientes. La Comunidad también tenía en alquiler algunas propiedades, disponiendo de censales e ingresos por décimas, primicias y cuartos. Con todo ello la Comunidad hacía frente a sus contribuciones, siendo la monarquía la beneficiaria más importante.

            La población total de la Comunidad de Calatayud debió oscilar entre los 25.000 y los 30.000 habitantes en los siglos XIV y XV, con grandes oscilaciones a causa de las pestes y las guerras. En el siglo XV sólo había población mudéjar en Alhama, Terrer, Santos, Embid, Saviñán y Paracuellos de la Ribera. En 1319 algunos mudéjares de Saviñán, cuya morería era de señorío, acudieron a repoblar el lugar de Salillas. La morería de Saviñán perteneció a los condes de Luna, pero en 1416 Alfonso V la donó a Hernando de Sayas. La Comunidad la compró a su viuda en 1434. En 1495 sólo quedaban mudéjares en Terrer y Saviñán.

            El libro incluye un CD con un interesante apéndice documental.

            José Luis Corral propuso a las autoridades allí presentes, como  colofón a la conmemoración del Sexto Centenario del Compromiso de Caspe, la celebración de un acto en Calatayud, donde tuvo lugar una primera reunión, que más tarde daría lugar a la Concordia de Alcañiz y culminaría con el Compromiso de Caspe de 1412. El profesor Corral también consideró la necesidad de reescribir la historia de Calatayud, a la luz de los nuevos conocimientos, propuesta que ya dejó caer en la presentación de las actas del VIII Encuentro de Estudios Bilbilitanos.

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